Cómo afecta la ley SB264 a los compradores y propietarios extranjeros de bienes raíces en Florida

Cómo afecta la ley SB264 a los compradores y propietarios extranjeros de bienes raíces en Florida
2023-06-15
whatsapp-2

+1 305 747 5580

12123456C

2666 Brickell Ave. Miami FL 33129

Se desconoce el alcance total y la interpretación de SB264. Habrá más desarrollos y litigios ..

Los compradores y propietarios extranjeros de bienes raíces en Florida deben conocer la SB 264. Esta ley, que fue firmada recientemente por el gobernador Ron DeSantis, tiene implicaciones importantes para los ciudadanos extranjeros que desean invertir en propiedades en Florida. El propósito de SB 264, también conocido como «Intereses de países extranjeros», es proteger los intereses de seguridad nacional de EE. UU. en Florida. A partir del 1 de julio de 2023, esta ley restringe la compra de ciertos tipos de propiedades por parte de ciudadanos extranjeros de países de interés.

Restricciones a la compra de terrenos prohibidos

La nueva ley restringe a los ciudadanos extranjeros de la República Popular China, Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba, Venezuela y Siria la compra de tierras agrícolas o cualquier propiedad inmobiliaria dentro de las diez millas de una base militar o instalación de infraestructura crítica en Florida. Además, esta ley cubre edificios, accesorios y otras mejoras en dichos bienes inmuebles («Tierra Prohibida»).

 

¿Quién cuenta como ciudadano extranjero?

A los efectos de este artículo, los ciudadanos extranjeros son personas de los países mencionados anteriormente que no son ciudadanos estadounidenses ni residentes permanentes legales. SB 264 también incluye compañías controladas por personas de países de interés o que se forman con el propósito de poseer propiedades en Florida.

Requisitos de registro y declaración jurada

Los ciudadanos extranjeros que posean o compran tierras prohibidas antes del 1 de julio de 2023 deben registrarse en el Departamento de Agricultura y Servicios al Consumidor (DACS) antes del 1 de julio de 2024. De no hacerlo, puede resultar en una sanción civil de $1,000 por día.

Además, todos los compradores de bienes raíces en Florida deben proporcionar una declaración escrita (declaración jurada) que confirme que no son ciudadanos extranjeros y que han cumplido con SB 264. La Comisión de Bienes Raíces de Florida proporcionará detalles específicos de lo que debe incluirse en la declaración jurada.

 

No está claro si esta disposición se aplica a los arrendamientos comerciales en los que el arrendatario, una empresa de uno de los países en cuestión, es propietario de las instalaciones o mejoras construidas en las instalaciones. Se necesita más aclaración.

Restricciones a la propiedad de propiedades residenciales

Los ciudadanos extranjeros que son individuos pueden comprar una propiedad residencial de hasta dos acres de tamaño, siempre que no esté dentro de las cinco millas de la Tierra Prohibida. Para ser elegible para esta excepción, el inversionista debe tener una visa válida de no turista de los EE. UU. o documentación oficial que le otorgue asilo en los Estados Unidos.

Penalidades criminales:

B264 establece las siguientes sanciones:

Delito menor de segundo grado por (i) un ciudadano extranjero (que no sea de la República Popular China) para comprar o adquirir cualquier Tierra Prohibida, y (ii) un vendedor para vender a sabiendas Tierra Prohibida o cualquier interés a un ciudadano extranjero.
Delito grave de tercer grado por parte de un ciudadano extranjero de la República Popular China para comprar o adquirir Tierra Prohibida.
Delito menor de primer grado para vender a sabiendas Tierra Prohibida a un ciudadano extranjero de la República Popular China.
Conclusión

Se desconoce el alcance total y la interpretación de SB264. Habrá más desarrollos y litigios relacionados con esta ley. Si es un inversionista o vendedor de bienes raíces en Florida, es una buena idea conocer los detalles de SB264 y consultar con un abogado para asegurarse de cumplir con la ley y minimizar cualquier riesgo potencial.

¿Quiere poner en venta su propiedad residencial?

Por favor dejenos una brve descripcion sobre su busqueda sera de suma importancia a la hora de asistirle.

Jorge Julian Gomez

REALTOR

+1 305 744 3927

+1 305 747 5580

2666 Brickell Ave. Miami Florida 33129